El Tribunal Supremo ha hecho pública la primera condena por estafa con la moneda líder de las cripto, el bitcoin. La Sala Penal ha condenado al acusado de delito de estafa y está obligado a devolver la misma cantidad de dinero estafado a los perjudicados: pero esta damnificación no se hará a través de cripto, sino en euros, exactamente al cambio en euros cuando se cometió el delito.
La Sentencia nº326/2019 del 20 de junio es la primera condena de España que está relacionada con las criptomonedas, y, como consecuencia, también ha hecho que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre el bitcoin y las criptodivisas en general. Así, la máxima representación legal de España ha calificado al bitcoin de algo susceptible de retorno, al no ser algo material ni tener consideración legal de dinero. Es decir, para el Tribunal Supremo de España el bitcoin no es dinero real.
Pero los abogados de este caso no están de acuerdo con esta declaración y defienden la idea de que, aunque el bitcoin no sea algo material, se debería seguir pudiendo aplicar la misma doctrina y que el dinero a devolver a los damnificados fuese en la misma moneda, el bitcoin. Pues, al fin y al cabo, en la práctica el bitcoin puede ser restituido sin problemas.
Según los expertos, el Tribunal Supremo de España no ha hecho sino decir en voz alta lo que ya es oficial: pues el bitcoin, al igual que el resto de las criptomonedas, es considerado como un medio de cambio y no como dinero real: “Dinero es lo que es dinero por ley”. Es decir, por ley las criptomonedas no son dinero, pero esta ley también podría cambiar en el futuro y las cripto podrían empezar a considerarse como dinero en caso de haber cambio en la ley.
Lo que es dinero y lo que no lo es viene determinado por el Reglamento europeo: que justifica el nombre de las monedas y define la forma para acuñarlas. Tampoco se podría hablar de dinero electrónico: pues para que así fuese, sería necesario emitirlo al recibo de fondos, algo indispensable para que las cripto, aunque electrónico, se considerasen dinero.
La moneda digital de Facebook, Libra, que está en el mercado desde hace poco, sí podría considerarse dinero electrónico: pues detrás de esta moneda hay entidades autorizadas para emitir dinero y la moneda se puede emitir a unos fondos.
Dinero real o no, las criptomonedas se han hecho un hueco en el mundo del trading: cada vez son más los que se decantan por apostar en estos instrumentos financieros para sus operaciones de trading. Dentro de las cripto, el bitcoin sigue siendo por goleada el que más operaciones de trading se lleva, seguido de cerca por el Ethereum.