ESMA pide reglas para los influencers cripto en Europa: qué rige hoy en España y qué podría cambiar
ESMA propone obligaciones para influencers cripto y más transparencia en costes. Qué rige hoy en España tras derogarse la circular de la CNMV.

Lo esencial
- ESMA propuso el 30 de septiembre de 2026 que MiCA imponga obligaciones a influencers y terceros que promocionan criptoactivos; es una propuesta, no una norma.
- ESMA advierte que algunos exchanges anuncian 'zero commission' pero aplican diferenciales altos, y pide información completa de costes.
- En España ya no rige la Circular 1/2022 de la CNMV: la derogó la Circular 1/2024 porque MiCA trae normas propias de publicidad.
- La Comisión Europea tiene hasta el 30 de junio de 2027 para su informe final sobre MiCA, según el artículo 140 del reglamento.
La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) propuso el 30 de septiembre de 2026 que el reglamento MiCA imponga obligaciones a los influencers y otros terceros que promocionan criptoactivos. Lo planteó en su respuesta a la consulta de la Comisión Europea sobre la revisión de MiCA y pidió más transparencia en costes. Son propuestas: ninguna norma ha cambiado. El 7 de octubre de 2026, la autoridad antiblanqueo de la UE (AMLA) publicó sus propias prioridades.
Te explicamos qué rige hoy en España y qué propone ESMA.
Lo que ya rige en España
- MiCA, desde el 30 de diciembre de 2024. Su artículo 66 obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos a dar información “imparcial, clara y no engañosa, también en las comunicaciones publicitarias, que se identificarán como tales”, y a advertir de los riesgos.
- La Circular 1/2022 de la CNMV ya no está vigente. La derogó la Circular 1/2024 (BOE del 27 de diciembre de 2024) porque MiCA ya trae normas propias sobre publicidad cripto.
- Qué se perdió. Esa circular incluía a quienes se perciben como “influyentes o expertos en redes sociales” y exigía avisar a la CNMV de las campañas dirigidas a más de 100.000 personas.
Lo que ESMA propone (aún sin efecto)
- Influencers. ESMA admite que a los supervisores les resulta “difícil” aplicar las reglas de publicidad de MiCA a influencers y terceros. Propone obligaciones para ellos, sin detallarlas.
- Costes. Señala que algunos exchanges anuncian “zero commission” y diferenciales ajustados, pero aplican diferenciales altos. Pide información completa de costes.
- Plataformas extracomunitarias. Pide poderes específicos contra empresas no autorizadas que captan inversores europeos.
- Staking y préstamos. Propone informar antes de invertir sobre costes, riesgos, recompensas, garantías y posibles pérdidas.
- Webs y fondos. Quiere que la CNMV y sus pares puedan ordenar retirar webs fraudulentas, y que ESMA pueda exigir congelar criptoactivos ante sospechas de abuso de mercado, blanqueo o financiación del terrorismo.
Qué falta saber
- Calendario. El artículo 140 de MiCA da a la Comisión hasta el 30 de junio de 2027 para su informe final sobre el reglamento.
- AMLA. Sugiere estudiar la inclusión del staking, los préstamos y las finanzas descentralizadas (DeFi) por sus riesgos de blanqueo.
- Aprobación. Cualquier cambio requeriría el visto bueno del Parlamento Europeo y del Consejo.
La lectura de Criptoinforme: desde la derogación de la circular española, la publicidad cripto de influencers depende de un MiCA que el propio supervisor europeo considera difícil de aplicar a terceros. Mientras no haya reforma, lo más útil es comprobar que la plataforma está autorizada y no fiarse de la “comisión cero” sin mirar el diferencial.
¿Te recomendaron una plataforma en redes? Revisa cómo comprobar si un exchange está autorizado en España y, si perdiste fondos, evita las falsas empresas de recuperación.
Preguntas frecuentes
¿Es ilegal que un influencer promocione criptomonedas en España?
No. Rigen las normas de MiCA para los proveedores de servicios; las obligaciones para influencers son solo una propuesta de ESMA.
¿Sigue vigente la circular de publicidad cripto de la CNMV?
No. La Circular 1/2022 quedó derogada el 28 de diciembre de 2024.
¿Cuándo podrían cambiar las reglas?
No hay fecha. El informe final de la Comisión vence el 30 de junio de 2027 y cualquier reforma exigiría después un proceso legislativo.
Este artículo es informativo y no constituye una recomendación de inversión.
Fuentes: ESMA, comunicado y respuesta a la consulta sobre la revisión de MiCA (30 de septiembre de 2026); AMLA (7 de octubre de 2026); BOE, Circular 1/2022 (17 de enero de 2022) y Circular 1/2024 (27 de diciembre de 2024) de la CNMV; Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA); AMF.
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