P2P de criptomonedas y la DIAN en Colombia: por qué lo que te consignan suma para declarar renta
Si vendes cripto por P2P, los pesos que te consignan suman para el tope de $73.323.600 de 2026 aunque ganes poco. Qué ve la DIAN y qué guardar.

Lo esencial
- En una venta P2P el comprador te paga en pesos a tu cuenta bancaria o Nequi, y esos pesos cuentan como consignaciones para el tope de declarar renta.
- Para el año gravable 2026 el tope de consignaciones es de 1.400 UVT, es decir, $73.323.600, y suma todo lo que entró en el año, no solo la ganancia.
- Si vendes USDT por $30 millones con un costo de $24 millones, la utilidad es de $6 millones, pero para el tope cuentan los $30 millones consignados.
- Los bancos ya reportan a la DIAN el valor de las consignaciones, y desde 2026 los exchanges con vínculo en Colombia deben reportar por CARF y el formato 2856.
Cuando vendes USDT u otra cripto por P2P en Colombia, el comprador te paga en pesos a tu cuenta bancaria o a Nequi, y esos pesos son consignaciones. Para el tope de consignaciones que obliga a declarar renta cuenta todo lo que entra, no solo lo que ganaste: si vendes $30 millones con una utilidad de $6 millones, suman los $30 millones. En 2026 ese tope es de 1.400 UVT, es decir, $73.323.600 en el año.
Aquí verás cómo funciona el P2P, por qué lo consignado y la ganancia son cifras distintas, qué ve ya la DIAN y qué soportes guardar. Para el panorama completo, revisa nuestra guía de impuestos de criptomonedas en Colombia 2026.
Cómo funciona el P2P en la práctica
En una plataforma P2P (persona a persona), como la de Binance, negocias directamente con otro usuario. La plataforma conecta a las partes, pero los pesos no pasan por ella:
- Aceptas una orden de venta de USDT a un precio en pesos.
- El comprador te transfiere los pesos a tu cuenta bancaria o a Nequi.
- Confirmas en tu banco que el dinero llegó completo.
- Liberas los USDT al comprador dentro de la plataforma.
La política de Binance P2P lo dice así: “la plataforma no es parte de ninguna transacción P2P”. Para tu banco y para la DIAN, cada venta es dinero que entra a tu cuenta desde la cuenta de otra persona.
Por qué todo lo consignado suma para el tope
Para el año gravable 2026, que se declara en 2027, la UVT es de $52.374. Basta con cumplir una de estas condiciones para estar obligado a declarar:
| Condición en 2026 | UVT | En pesos |
|---|---|---|
| Consignaciones, depósitos o inversiones financieras acumuladas superiores a | 1.400 | $73.323.600 |
| Ingresos brutos iguales o superiores a | 1.400 | $73.323.600 |
| Total de compras y consumos superiores a | 1.400 | $73.323.600 |
| Consumos con tarjeta de crédito superiores a | 1.400 | $73.323.600 |
| Patrimonio bruto al 31 de diciembre superior a | 4.500 | $235.683.000 |
| Ser responsable de IVA al 31 de diciembre | — | Sin monto |
El tope de consignaciones no pregunta si hubo ganancia: mide el total que entró en el año. En P2P eso tiene dos efectos:
- Se suma con tus otros ingresos. El salario, los honorarios y las transferencias de familiares también cuentan, y el P2P puede ser lo que te haga pasar el tope.
- Rotar el mismo capital multiplica lo consignado. Si vendes $5 millones en USDT, recompras y repites seis veces, habrán entrado unos $30 millones, aunque tu capital sea de $5 millones.
Además, el valor de venta suele contar como ingreso bruto, del que luego se restan los costos, así que el tope de ingresos también puede verse afectado. Revísalo con un contador según tu caso.
Lo consignado no es la ganancia
La DIAN trata los criptoactivos como bienes inmateriales que forman parte del patrimonio (Concepto 18075 de 2023). No tiene una regla especial para el P2P: se aplican las reglas generales. Lo que se grava es la utilidad, es decir, el precio de venta menos el costo fiscal (art. 90 del Estatuto Tributario). Ojo: según la DIAN, “el costo fiscal de las criptomonedas no siempre será el precio de compra”.
Si vendes un activo fijo que tuviste más de dos años, la utilidad es ganancia ocasional, con tarifa del 15% para residentes. En caso contrario, es renta ordinaria. Quien compra y vende USDT con frecuencia rara vez llega a los dos años, pero la clasificación depende de tu caso.
Ejemplo ilustrativo
Andrea vende USDT por P2P durante 2026 y recibe $30 millones en su cuenta bancaria y en Nequi. Esos USDT le costaron $24 millones. Además, su salario le deja $48 millones en consignaciones.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Pesos recibidos por ventas P2P | $30.000.000 |
| Costo de los USDT vendidos | $24.000.000 |
| Utilidad de las ventas P2P | $6.000.000 |
| Consignaciones por salario | $48.000.000 |
| Total consignado en el año | $78.000.000 |
| Tope de consignaciones 2026 | $73.323.600 |
Con el salario solo, Andrea no pasaba el tope; con el P2P, sí, porque cuentan los $30 millones que entraron y no los $6 millones de ganancia. Eso no significa que pagará impuesto sobre $78 millones: significa que debe declarar y reportar allí la utilidad de $6 millones y su patrimonio al 31 de diciembre de 2026.
Qué ve ya la DIAN y qué cambia desde 2026
La exógena de los bancos
Los bancos reportan a la DIAN información de las cuentas de sus clientes. Bancolombia explica que reporta la suma anual de lo que entra a las cuentas, como “valor de consignaciones bancarias”, y el saldo al 31 de diciembre, y que ese reporte incluye Nequi. Lo que te consignaron por P2P ya aparece en tu información ante la DIAN.
Esto importa por la sanción por no declarar (art. 643 ET): el 20% del mayor valor entre las consignaciones o ingresos brutos que determine la DIAN y los ingresos de tu última declaración. La base son los pesos que entraron, no la ganancia.
CARF y formato 2856 de los exchanges
- Resolución 000240 de 2025 (CARF, estándar de la OCDE). Obliga a reportar a los proveedores de servicios de criptoactivos con vínculo con Colombia (residencia fiscal, sede, sucursal o lugar habitual de negocios). Reportan los datos del usuario y, por criptoactivo, el monto bruto pagado o recibido en moneda fiduciaria y el número de transacciones. El primer reporte cubre 2026 y vence el último día hábil de mayo de 2027.
- Formato 2856 de exógena (Resolución 000233 de 2025). Los proveedores de servicios de activos digitales residentes o domiciliados en el país, con operaciones en Colombia, reportan las conversiones de pesos a activos digitales y viceversa de sus usuarios, desde el año gravable 2026.
Ninguna de las dos normas nombra a Binance ni a otro exchange extranjero, y no se ha confirmado si cumplen esos vínculos. Tampoco se refieren de forma específica al P2P, en el que los pesos no pasan por la plataforma. Más detalle en nuestra nota sobre qué reportan los exchanges a la DIAN en 2026.
Riesgos de recibir dinero de terceros
La política de Binance P2P exige que el nombre de la cuenta que paga coincida con el nombre verificado del comprador, y que el vendedor cobre en una cuenta a su propio nombre. Si en una disputa se prueba que hubo pago de un tercero, la pérdida la asume quien lo aceptó.
- No liberes la cripto si paga alguien distinto al comprador. Usa el chat de la orden o el proceso de apelación de la plataforma.
- Confirma el pago en tu banco, no en un pantallazo. Libera solo cuando veas el dinero completo.
- Ten cómo explicar el origen. Si tu banco pregunta por consignaciones de varias personas, los soportes de cada orden muestran que fueron ventas de cripto con contraparte identificada.
Muchos depósitos de terceros sin explicación pueden llevar a que el banco o la plataforma pidan información o restrinjan movimientos mientras revisan. Operar con contrapartes verificadas y con soportes reduce ese riesgo, aunque no lo elimina.
Qué soportes guardar de cada operación P2P
- La orden: número, fecha, cripto, cantidad, precio en pesos y contraparte. Descarga el historial P2P al menos una vez al año.
- El comprobante bancario o de Nequi con el nombre de quien pagó y el valor recibido.
- La prueba de tu costo: cuándo y a qué precio compraste lo que vendiste, con sus comisiones.
- Direcciones de billetera y hash si moviste la cripto entre billeteras.
- Tus extractos bancarios para cuadrarlos con el historial P2P.
Antes de declarar, compara lo que terceros reportaron sobre ti ante la DIAN con el historial de cada plataforma. Y si eres tú quien compra por P2P a alguien que no factura, la DIAN indica que se puede usar un documento soporte.
Guía gratis: descarga “Tus cripto y la DIAN: lo que cambia en 2026”, con los topes en pesos, las sanciones y el checklist para el 31 de diciembre.
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Preguntas frecuentes
¿La DIAN sabe que vendo cripto por P2P?
La DIAN recibe de los bancos el valor de lo que te consignan, incluido Nequi en el caso de Bancolombia. No necesariamente sabe que esos pesos vienen de cripto, pero sí cuánto entró. Por eso conviene tener soportes del origen.
Si mi ganancia fue pequeña, ¿igual debo declarar?
Puede que sí. La obligación depende de los topes, no del impuesto. Si tus consignaciones del año superan $73.323.600, o cumples otra condición, debes declarar aunque la utilidad del P2P sea baja.
¿Cuentan las consignaciones en Nequi?
El tope se refiere a consignaciones, depósitos o inversiones financieras acumuladas en el año, y Bancolombia indica que su reporte incluye Nequi. Lo prudente es sumar lo que entró en todas tus cuentas.
¿Comprar cripto por P2P también suma al tope?
Cuando compras, los pesos salen de tu cuenta, así que no son consignaciones para ti. Esas compras podrían sumar al tope de compras y consumos, según tu caso, y la cripto que conserves al 31 de diciembre cuenta en tu patrimonio.
¿Qué pasa si no declaro estando obligado?
La DIAN puede imponer la sanción por no declarar del art. 643 ET, del 20% del mayor valor entre las consignaciones o ingresos brutos que determine y los ingresos de tu última declaración. Si declaras tarde antes de que la DIAN te emplace, se liquida la sanción por extemporaneidad del art. 641 ET.
Esta guía es información general y no reemplaza la asesoría de un contador público.
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