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Impuestos sobre criptomonedas en Perú 2026: qué dice la SUNAT y qué debes declarar

En Perú no existe una norma tributaria específica para las criptomonedas y la SUNAT no tiene un criterio oficial. Qué es seguro, qué es interpretación y qué cambia en 2027.

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Ilustración conceptual sobre los impuestos a las criptomonedas en Perú y la SUNAT.

Lo esencial

  • En Perú no existe una norma tributaria específica para las criptomonedas, y la SUNAT no tiene un criterio oficial sobre las ganancias de las personas naturales.
  • Cobrar tu trabajo en cripto sigue siendo renta de trabajo; vender con ganancia tiene dos interpretaciones que la SUNAT no ha confirmado.
  • La SUNAT anunció una norma para recibir información de operaciones con criptoactivos, con aplicación posible en 2027.

Los impuestos sobre criptomonedas en Perú tienen una particularidad que muchas guías no cuentan: no existe una norma tributaria específica para los criptoactivos, y la SUNAT no ha publicado un criterio oficial sobre cómo gravar las ganancias de las personas naturales. En 2023 dijo por escrito que no se pronunciaría sobre el tema, y en 2026 anunció que prepara reglas nuevas que se aplicarían desde 2027. En esta guía separamos lo que es seguro, lo que es interpretación y lo que viene, con las cifras oficiales de 2026.

En esta nota10 secciones
  1. La respuesta corta
  2. ¿Son legales las criptomonedas en Perú?
  3. Qué ha dicho la SUNAT
  4. Las dos interpretaciones sobre la venta de criptomonedas
  5. Los casos que sí tienen una respuesta clara
  6. Cifras y fechas útiles para 2026
  7. Qué viene: la norma de 2027 y el intercambio de información
  8. Qué te conviene hacer mientras tanto
  9. Preguntas frecuentes
  10. Aviso legal

La respuesta corta

  • Comprar y mantener criptomonedas no genera ningún impuesto.
  • Vender con ganancia no tiene hoy una regla específica: hay dos interpretaciones (la explicamos abajo) y la SUNAT no ha confirmado ninguna.
  • Cobrar tu trabajo en cripto sigue siendo un ingreso por trabajo, aunque te paguen en bitcoin o USDT.
  • Lo que viene: la SUNAT anunció una norma para recibir información de operaciones con criptoactivos, con aplicación posible desde 2027.

¿Son legales las criptomonedas en Perú?

Sí, comprarlas, venderlas y guardarlas es legal, pero no son moneda de curso legal y no existe una ley que regule el mercado. El proyecto de ley 1042/2021-CR, que iba a crear un registro de plataformas, regresó a la Comisión de Economía del Congreso en marzo de 2025.

Lo que sí existe es control antilavado. Desde 2023, el Decreto Supremo 006-2023-JUS convirtió a los proveedores de servicios de activos virtuales (exchanges, billeteras de custodia y plataformas de transferencia) en sujetos obligados ante la Unidad de Inteligencia Financiera. La Resolución SBS 02648-2024 fijó sus reglas, y desde agosto de 2026 rige la “regla de viaje”: cada transferencia entre plataformas debe ir acompañada de los datos de quien envía y quien recibe.

Qué ha dicho la SUNAT

  • Julio de 2023: en la Carta N.° 000034-2023-SUNAT, citada por el diario Gestión, la SUNAT respondió que el marco legal “no contempla una regulación específica” para los criptoactivos y que no se pronunciaría sobre su tratamiento tributario.
  • Febrero de 2025: el entonces superintendente Víctor Mejía dijo que se evaluaba gravar las ganancias con criptomonedas “mediante un nuevo supuesto normativo para Rentas de Capital”, según El Peruano.
  • Mayo de 2026: el jefe de la SUNAT, Javier Franco, anunció una norma para recibir información sobre operaciones con criptoactivos durante el segundo semestre de 2026, con aplicación posible en 2027, según Gestión.

Que la propia SUNAT hable de crear un “nuevo supuesto normativo” es una señal de que hoy las reglas no cubren con claridad estas ganancias. Pero una declaración no es una norma, y la falta de criterio no garantiza que no haya fiscalizaciones.

Las dos interpretaciones sobre la venta de criptomonedas

No está gravadaEstá gravada
ArgumentoEl artículo 2 de la Ley del Impuesto a la Renta no considera ganancia de capital gravada la venta de bienes muebles distintos de acciones y valores cuando la hace una persona natural sin negocio.La ganancia sería renta de capital (segunda categoría) si la operación es de fuente peruana, o renta de fuente extranjera si el exchange está fuera del país.
Quién la sostieneAbogados tributaristas en columnas de Gestión y estudios especializados.Varias guías de internet y plataformas de finanzas personales.
Respaldo oficialNinguno: la SUNAT no lo ha confirmado.Ninguno: la SUNAT no lo ha confirmado.

Si se aplicara la segunda lectura, estas serían las tasas generales de 2026. Son reglas del impuesto a la renta para todas las rentas de capital, no reglas escritas para las criptomonedas:

  • Renta de capital de fuente peruana: 6,25 % sobre la renta neta, después de deducir el 20 % de la renta bruta. En la práctica, un 5 % efectivo.
  • Renta de fuente extranjera: se suma a tus ingresos por trabajo y paga con la escala progresiva de 8 %, 14 %, 17 %, 20 % y 30 %. Las pérdidas de fuente extranjera solo compensan ganancias de esa misma fuente.

Ojo con las guías que citan un “Informe N.° 084-2022-SUNAT” como base del 5 %: no encontramos ese documento ni en la SUNAT ni en la prensa.

Los casos que sí tienen una respuesta clara

  • Si te pagan el sueldo o tus honorarios en cripto, sigue siendo renta de trabajo (cuarta o quinta categoría). La forma de pago no cambia el impuesto, aunque no hay reglas publicadas sobre cómo valorizar ese pago.
  • Si operas como negocio (por ejemplo, compras y vendes de forma habitual para terceros o prestas servicios de trading), los especialistas coinciden en que sería renta empresarial de tercera categoría.
  • El ITF (0,005 %) se cobra sobre los movimientos de tu cuenta bancaria cuando depositas o retiras soles, no sobre la criptomoneda en sí.
  • El IGV: la SUNAT no tiene posición publicada, y los especialistas sostienen que la compraventa de criptomonedas no encaja como venta de bienes gravada.

Cifras y fechas útiles para 2026

UIT 2026S/ 5.500 (Decreto Supremo 301-2025-EF)
Tasa de rentas de capital (general)6,25 % sobre la renta neta (5 % efectivo)
Escala de rentas de trabajo y fuente extranjera8 % a 30 %
Declaración anual del ejercicio 2025Formulario Virtual 709, con vencimientos entre marzo y junio de 2026 según el último dígito del RUC
Declaración anual del ejercicio 2026En 2027; la SUNAT suele publicar el cronograma en diciembre
Multa por no presentar la declaración50 % de la UIT (S/ 2.750 en 2026), con rebajas si corriges antes de que la SUNAT te notifique

Qué viene: la norma de 2027 y el intercambio de información

Hoy ninguna norma obliga a los exchanges a reportar a la SUNAT las operaciones de sus usuarios. Eso cambiaría con la norma anunciada para 2027. En el plano internacional, Perú no aparecía en las listas de países comprometidos con el CARF, el estándar de la OCDE para que los exchanges informen a las autoridades fiscales, mientras que México, Colombia, Chile y Argentina sí lo están. Si la SUNAT publica reglas nuevas, actualizaremos esta guía.

Qué te conviene hacer mientras tanto

  1. Guarda un registro completo: fecha, monto, precio y comisión de cada compra y venta, con su valor en soles. Si llega una norma o una fiscalización, podrás demostrar tu costo.
  2. Descarga cada año el historial de tus exchanges, porque las plataformas no siempre lo conservan por tiempo indefinido.
  3. Declara como ingreso lo que cobras por trabajo en cripto, igual que si te pagaran en soles.
  4. Si mueves montos importantes, consulta a un contador que conozca el tema y deja documentado el criterio que aplicaste.
  5. Usa plataformas que cumplan las reglas antilavado y desconfía de quien te prometa operar “sin dejar rastro”. Si estás eligiendo una, revisa qué es un exchange y cómo funciona.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar impuestos por vender bitcoin en Perú?

No hay una regla específica que lo diga. Existen dos interpretaciones: una sostiene que la venta hecha por una persona natural sin negocio no está gravada, y otra que tributa como renta de capital (5 % efectivo) o de fuente extranjera. La SUNAT no ha confirmado ninguna, y anunció reglas nuevas para 2027.

¿La SUNAT puede ver mis operaciones con criptomonedas?

Hoy no existe una obligación de que los exchanges le reporten tus operaciones, pero sí ve tus movimientos bancarios y las plataformas que operan en Perú deben identificarte por las reglas antilavado. La SUNAT prepara una norma para recibir esa información.

¿Cambiar una criptomoneda por otra paga impuestos?

No hay ningún criterio publicado sobre los intercambios entre criptomonedas, el staking ni los airdrops. Lo prudente es registrarlos con su valor en soles en la fecha de cada operación.

¿Cuánto vale la UIT en 2026?

S/ 5.500, según el Decreto Supremo 301-2025-EF, vigente desde el 1 de enero de 2026.

¿Cómo se pagan impuestos por cripto en otros países de la región?

Cada país tiene reglas distintas. Puedes compararlas en nuestras guías de México, Colombia y Argentina.

Fuentes: SUNAT (renta.sunat.gob.pe; Ley del Impuesto a la Renta, artículo 36), Decreto Supremo 301-2025-EF (El Peruano), Resolución de Superintendencia 000386-2025/SUNAT, Resolución SBS 02648-2024, Decreto Supremo 006-2023-JUS, Congreso de la República (PL 1042/2021-CR), Gestión (julio de 2023 y mayo de 2026), El Peruano (febrero de 2025).

Esta guía es informativa y refleja el marco vigente al 5 de octubre de 2026 según fuentes oficiales y periodísticas verificadas. No es asesoría tributaria personalizada. Como no existe un criterio oficial de la SUNAT sobre criptoactivos, consulta a un contador antes de tomar decisiones.

Sigue leyendo Impuestos sobre criptomonedas en Venezuela 2026: guía del SENIAT (ISLR, IGTF e IVA) Legal

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Escrito por

Felipe Jaramillo

Comunicador especializado en Bitcoin, activos digitales y tecnología, con más de 10 años de experiencia en Web3. Fundador de Criptoinforme y creador de contenidos sobre la evolución de la industria de los activos digitales.

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